sábado, 11 de septiembre de 2010

Para introducir ante cada Consejo Municipal de Derechos por parte de miembros de la comunidad educativa

 

Señores                                                             

Consejo Municipal de Derechos de Niños, Niñas y Adolescentes

Municipio ____________________________________________

 

 

Estimados consejeros:

 

 

Los abajo firmantes, madres, padres y miembros de la Comunidad Educativa de la Unidad Educativa ______________________________________________ ubicada en ________________________________________________________      respetuosamente acudimos ante ustedes a propósito del diferimiento del inicio de la año escolar tal y como fue anunciado el  2 de septiembre del año en curso por  el Ministerio del Poder Popular para la Educación en la  Resolución N° DM/056.

 

Entendemos que la  resolución responde al deseo de cooperación, integración y articulación entre los distintos órganos e instituciones del poder público ante la elección de cargos de representación popular. Sin embargo, esta medida priva de  sus derechos a más de 7 millones de niños, niñas y adolescentes durante doce días. Esto es el 6% del año escolar en el mejor de los casos.

En la Resolución en cuestión se argumenta en los considerandos que muchas escuelas son centros electorales

Evaluemos con atención los argumentos planteados:

1.     De acuerdo con datos del Consejo Nacional Electoral, para estas elecciones funcionarán 11.150 centros electorales. El 87% de los mismos son escuelas, es decir 9.700 son centros electorales. En el país existen 25.000 unidades educativas.  Como se puede apreciar, muchas escuelas no son sede electoral en esta oportunidad.

2.     En las consultas anteriores que se han desarrollado en período escolar, la suspensión de clases no han sido mayores de una semana, y más frecuentemente ha sido de apenas dos días. La devolución de las escuelas se ha hecho al día siguiente a la consulta de tal manera que ya el martes se encuentran prestando servicio a sus alumnos y alumnas.

3.     El desarrollo de consultas electorales en las escuelas son una maravillosa oportunidad de vincular a la comunidad con su escuela y de exponer al alumnado a la experiencia democrática de las elecciones.

4.     En muchos de los centros educativos, los niños, niñas y adolescentes son beneficiarios del Programa de Alimentación Escolar. La Resolución en cuestión afectará el presupuesto familiar y  serán privados de este derecho.

 

 

El Estado venezolano elaboró y acogió legislación amplia y abundante en relación a los derechos de niños, niñas y adolescentes  que garantizan y velan por el de la educación. Entre ellos tenemos:

 

1-     La Constitución de la República Bolivariana de Venezuela que, en su artículo 102 garantiza el derecho a la educación y en el artículo 78 se refiere a niños, niñas y adolescentes como sujetos de pleno derecho.

2-     La Convención sobre los Derechos del Niño que en su artículo 3 se refiere al compromiso de todas las instituciones a actuar teniendo en cuenta el interés superior del niño y en su artículo 29 que habla de su derecho a la educación.

3-     La Ley Orgánica de Protección al Niño, Niña y Adolescente que establece  claramente en su artículo 7 que los niños, niñas y adolescentes son   prioridad absoluta; el artículo 8 que establece el principio del interés superior  de los niños, niñas y adolescentes y  expresa que cuando exista conflicto entre los derechos e intereses de niños, niñas y adolescentes frente a otros derechos e intereses igualmente legítimos, prevalecerán los primeros y el artículo 53 sobre el derecho a la educación.

4-     La Ley Orgánica de Educación, aprobada hace poco más de un año, establece en su artículo 49, 200 días de actividad escolar.

 

 

Por todo lo antes expuesto y como madres, padres y ciudadanos corresponsables de garantizar los derechos e intereses de niños, niñas y adolescentes pedimos ante ustedes que:

 

de acuerdo con lo establecido en el artículo 146, numeral f) Intentar, de oficio o por denuncia, la acción de protección contra la amenaza o violación de derechos difusos o colectivos a niños y adolescentes, ocurrida dentro en su jurisdicción, así como solicitar la nulidad de la normativa o de los actos administrativos que se produzcan en el municipio, cuando éstos violen o amenacen tales derechos.

 

 

Dada la inminencia de la violación de los derechos mencionados, esperamos su pronta respuesta. 

 Así se lo solicitamos respetuosamente